3579 4th Ave. San Diego CA 92103
25420 Kuykendahl Rd. Ste E-500, Tomball, TX 77375
Las Palmas Tijuana CP 20106, MX

Síguenos:

¿Qué es el programa de residencia permanente EB-3?”

El programa de residencia permanente EB-3 es para aquellas personas que tienen una oferta de empleo por parte de un empleador estadounidense y que cuenten con un título de licenciatura, personas que cuenten con por lo menos dos (2) años de experiencia laboral, u otros trabajadores que cuenten con menos de dos (2) años de experiencia laboral.

Beneficios de la Residencia Permanente EB-3

La categoría de visa EB-3 le permite a un empleador estadounidense contratar a un ciudadano extranjero mediante el patrocinio de una Green Card cuando un trabajador estadounidense no está disponible. La certificación de empleo significa que el empleador trató de contratar al estadounidense, pero no pudo encontrar un empleado dispuesto y listo. Un empleador puede solicitar una Green Card para un empleado extranjero. El empleado y su familia recibirán una Green Card (residencia permanente en los Estados Unidos).

Una Green Card permite a los trabajadores tener un permiso de trabajo y un número de seguro social. Además, es una opción para los empleadores que tienen dificultades para encontrar solicitantes de empleo o no pueden encontrar empleados calificados para su empresa.

Vidal Visa EB-3 I-1

Requisitos

La solicitud de certificación de empleo es por mucho el paso más tardado y delicado del trámite de residencia permanente. Para obtener la certificación requiere que los empleadores demuestren que se hizo una campaña de reclutamiento a través de varios métodos publicitarios para analizar el mercado laboral y confirmar que no haya suficientes trabajadores estadounidenses que sean capaces, dispuestos, calificados y disponibles para aceptar la oferta de trabajo que el empleador desea cubrir. Al igual, el empleador necesita comprobar que la contratación de alguien en el extranjero, no va a afectar las condiciones laborales ni los salarios de los trabajadores estadunidenses en puestos similares.

En resumen:

Con el fin de solicitar una visa EB-3, el trabajador extranjero debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Demostrar que tiene una oferta de trabajo válida y permanente de un empleador estadounidense.
  • Prueba de que el trabajador extranjero está calificado para realizar el trabajo y cumple con los requisitos de educación y experiencia laboral.

Como empleador estadounidense que busca contratar y patrocinar a un trabajador/trabajador extranjero con el fin de solicitar una visa de inmigrante EB-3, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Evidencia de que se requiere contratar a un trabajador extranjero porque ningún trabajador estadounidense está calificado o dispuesto a trabajar en los Estados Unidos.
  • Prueba de que la empresa del empleador estadounidense es financieramente estable y puede apoyar y contratar/patrocinar a un trabajador extranjero.

Tiempo estimado del procesamiento.

Una vez que la DOL emita la certificación laboral, el empleador podrá presentar la solicitud de migrante I-140 ante USCIS a nombre del extranjero para confirmar que el empleador sea de una empresa existente y que el estado financiero de la empresa garantice la validez de la oferta de trabajo permanente, entre otras cosas. Este proceso suele tardar aproximadamente seis meses pero existe la posibilidad de presentar una tramitación prioritaria, “premium processing”, en la cual el USCIS tramitará la solicitud en 15 días naturales. Una vez aprobada la solicitud, el beneficiario deberá esperar la disponibilidad de la Green Card, lo cual depende de las fechas de la presentación de la solicitud y las cuotas establecidas para el país de nacionalidad del beneficiario.

La mejor decisión es contratar abogados expertos y especializados en migración para ayudarle con su proceso. Cuente con Vidal Law Firm para guiarle y asesorarle en todo su de principio a fin. Haremos todo lo posible para responder todas sus preguntas y hacer que este proceso largo complejo sea más ameno para usted. Por favor, para más información detallada, no dude en agendar una cita con nosotros.

Dirección:
600 W. Broadway, Ste 700, San Diego, CA 92101
Dirección:
25420 Kuykendahl Rd. Ste E-500, Tomball, TX 77375
Dirección:
Las Palmas Tijuana CP 20106, Mexico

© VIDAL Law Firm 2022 | Designed by ROC Worldwide Agency and Optimized by Luis ROC | All Rights Reserved